Conservación y protección de la biodiversidad de Montaña Los Pozuelos, Venezuela.

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Avila

Es deber de todos proteger el Parque Nacional Waraira Repano

Por Zoila Martínez(*) y Diego Díaz Martín (**)

Comprometidos con la defensa y conservación de nuestras áreas protegidas y la promoción del desarrollo sustentable, desde Vitalis Venezuela expresamos nuestra preocupación por la ejecución de actividades prohibidas dentro del Parque Nacional Waraira Repano, conocido históricamente como El Ávila.

Esta área natural protegida, decretada Parque Nacional en 1958, cuenta actualmente con una superficie de 81.900 ha, y está conformada por diversos ecosistemas representativos del tramo central de la Cordillera de la Costa, con características físico naturales únicas.

Por sus extraordinarios atributos ambientales, el Parque Nacional Waraira Repano se encuentra bajo un sistema de protección integral, tal y como lo establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 127, que reconoce el Derecho a un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. Dada su importancia, su rango de protección trasciende las fronteras, según lo establecido en la Convención de Washington, ratificada por Venezuela para proteger la flora, la fauna y las bellezas escénicas naturales de los países de América.

De acuerdo con investigaciones realizadas por Vitalis, a través del Semáforo de Parques Nacionales, el Parque Nacional Waraira Repano comprende laderas y pendientes muy frágiles, es hábitat de más de 1.800 especies vegetales de diversos grupos taxonómicos, algunas de ellas endémicas, así como al menos de 500 especies de aves, 120 de mamíferos, 30 de reptiles, 20 de anfibios y miles de insectos, incluyendo al menos 100 especies de mariposas.

La protección de El Ávila también contribuye a preservar las áreas verdes adyacentes a la Zona Metropolitana de Caracas, actuando como agente moderador de la contaminación ambiental, protegiendo las fuentes de agua que en él se encuentran y contribuyendo a la regulación climática, entre otros importantes servicios y externalidades ambientales.

Dada su fragilidad natural y ecosistémica, y tal y como lo establece el Plan de Ordenamiento y Reglamento de uso del área protegida, entre otras actividades, se prohíbe expresamente la circulación de bicicletas.

Permitir el desarrollo de actividades invasivas y prohibidas en el Parque Nacional como el ciclismo, no solo sentaría un lamentable precedente que contradice la normatividad ambiental vigente, sino que aceleraría los procesos erosivos que han venido ocurriendo dentro del área protegida.

VITALIS insta a las autoridades del Instituto Nacional de Parques para que haga cumplir el Plan de Ordenamiento y Reglamento vigentes, incluyendo la expresa prohibición de la circulación de bicicletas, además extracción de material arqueológico y paleontológico, la exploración y exploración de minerales, la introducción de especies exóticas, la extracción de flora, salvo la excepción prevista en el numeral 9.1.9 del artículo 27 (que se refiere a las flores y otros productos de cultivo), la caza y la pesca, la introducción de animales domésticos, la extensión de la frontera agrícola, la realización de actividades capaces de contaminar los ecosistemas naturales, la introducción de armas, materiales y explosivos, la utilización de substancias tóxicas o peligrosas tales como pólvora, amoníaco (cuerno de ciervo), detonantes, sustancias colorantes y otros, y el sacrificio de animales, entre otras.

La protección y defensa de los parques nacionales es una obligación constitucional que debe ser respetada. En manos de nosotros los ciudadanos y las autoridades, está hacerla cumplir.


(*) Biol. Zoila Martínez, Líder Global de Biodiversidad y Áreas Protegidas. (**) Dr. Diego Díaz Martín, Director General de Vitalis para Iberoamérica, Estados Unidos y Canadá.

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Pronunciamiento de los miembros venezolanos de la Comisión Mundial de Áreas Protegidas

En ocasión del VI Congreso Mundial de Parques en Sidney, los miembros venezolanos de la comisión mundial de áreas protegidas de la Unión Mundial para la Naturaleza (UICN) formulan el siguiente pronunciamiento, en el cual precisar diversos temas de importancia e interés que requieren de inmediata atención. Los miembros de la comisión en Venezuela comprenden Biólogos, Ecólogos, Ingenieros y demás profesionales en Parques Nacionales y otras áreas protegidas, con alrededor de 20 años en promedio de experiencia.

Seguidamente publicados textualmente el referido comunicado.

“A propósito de la celebración del VI Congreso Mundial de Parques a realizarse en Sidney (Australia) es pertinente hacer una evaluación de la situación de Venezuela, quien fuera sede y anfitrión del IV Congreso Mundial de Parques (Caracas, 1992). Todos los países del mundo tienden a hacer una evaluación de su estado en las vísperas de cada congreso mundial. La mayoría de los países podrán decir que han avanzado o retrocedido en tal o cual aspecto, en tal o cual magnitud, pero sin duda, la mayoría de las naciones del mundo podrán decir que han avanzado en materia de Áreas Protegidas (AP). Sin embargo nosotros los venezolanos al intentarlo encontramos un resultado muy negativo, por lo que se hace necesario hacer una profunda reflexión del porqué.

¿ Qué tiene de especial Venezuela para que lo que le pase en materia de AP sea de interés para el mundo? Venezuela, siendo un país del “mundo en desarrollo” avanzó grandemente en las políticas de conservación de su patrimonio natural cuando el resto del mundo no había comenzado o estaba en retroceso en esta materia. Fundó su primer parque nacional en 1937 y su primera AP en 1927. Ciertamente no fue el único, muchos países de América lo hicieron en esa época o incluso antes. La diferencia es que Venezuela lo asumió como política y no como retórica: incrementó grandemente su cobertura de AP a lo largo de las décadas siguientes hasta abarcar un 16, 45% de su territorio; empleó criterios modernos y actuales para designarlas y para manejarlas; acometió exitosamente la restauración ecológica de ecosistemas terrestres y marinos (dentro de AP) en tiempos en que no se hablaba de ello; creó uno de las primeras AP marinas del mundo (Archipiélago Los Roques, 1972) cuando muy pocos países en el mundo lo habían hecho; interconectaba AP cuando se pensaba que eso era utópico.

Para fines de los años 80 Venezuela tenía una reputación positiva que bien le valió la nominación y aceptación como sede del IV Congreso Mundial de Parques. Venezolanos como Gerardo Budowski, Henri Pittier, Julian Steyermark, José Rafael García, habían dejado una huella positiva en la visión y gestión de las AP del mundo. Eso sin olvidar que es uno de los doce países megadiversos del mundo, y que resguarda, casi en exclusividad, las mayores maravillas de esa biorregión única en el mundo: el Escudo Guayanés. Dentro de ella merece destacarse el caso del Parque Nacional Canaima, único Sitio de Patrimonio Natural Mundial propuesto por Venezuela y reconocido por UNESCO, donde ahora prolifera ilegalmente la minería de oro sin que las autoridades competentes hayan podido detenerla.

Se trata de un gobierno que utilizando una retórica humanista y ecologista, favorece que se hagan toda clase de actividades y usos prohibidos dentro de las AP

¿Por qué reflexionar sobre Venezuela?. Porque lo que acontece en Venezuela puede pasar en cualquier país del mundo, y en especial en la región sudamericana. En nuestro país se ha entronizado una visión política del mundo y de la vida que desdeña y no comprende la importancia de las AP, que las considera una política contraria al interés humano. Ciertamente muchos gobiernos en el mundo así lo piensan. ¿Cuál es la novedad con eso?. Pues la novedad está en que pocos países lo llevan a la práctica desmontando toda la institucionalidad de las AP. No se trata de un gobierno que asigna pocos recursos, o que cierra temporalmente parques, o que insiste en pasar oleoductos por AP. Se trata de un gobierno que utilizando una retórica humanista y ecologista, favorece que se hagan toda clase de actividades y usos prohibidos dentro de las AP, mientras paralelamente sustituye sus recursos humanos técnicos por comisarios políticos. Un gobierno que elimina el Ministerio del Ambiente para distribuir sus competencias ambientales, a las que constitucionalmente está obligado, en dependencias de menor jerarquía dentro de un ministerio de vivienda que construye y pretender construir obras de alto impacto ambiental dentro de AP.

El caso venezolano es digno de estudio, y he allí nuestro llamado a todos los colegas de la CMAP. No vean lo que ocurre en Venezuela como una curiosidad sociopolítica. No lo vean con desdén, con la vaga convicción de que algún día pasará. Véanla como una corriente de acción política que muchos de nuestros colegas habían dado por extinta, pero que en realidad se encuentra vigente, en pleno vigor, y con todo el potencial para expandirse por toda la región sudamericana, y de allí al mundo en desarrollo.

La UICN hace un excelente papel al diseñar políticas novedosas que permitan institucionalizar y evolucionar la gestión de las áreas protegidas. Entendemos también que, como institución que en cierta forma es análoga a la ONU, se maneje bajo principios de no crítica a los asuntos “internos” de los países. Sin embargo, aún en el seno de la ONU, cuando un país se sale de todos los estándares de convivencia y racionalidad, debe ser contactado por los medios diplomáticos y persuadido de que no prosiga en su cometido, para evitar así que se propague su insensatez al resto del mundo.

El caso de Venezuela merece una detallada y decidida atención de la UICN. Algunos datos ilustrativos se presentan seguidamente:

1. La inversión en conservación de Venezuela, promedio en los últimos 10 años ha sido de 3,66 US$/Km2, cuando en los países en vías de desarrollo la inversión promedio es de 161 US$/Km2. Esto no es congruente con el hecho de que el Estado Venezolano ha manejado en los últimos 14 años ingresos aproximados de 660 millardos de US$.

2. Los pocos recursos asignados a Areas Protegidas han conllevado al abandono y deterioro de los puestos de vigilancia y control, con equipamiento dañado y de muchos años de uso. Actualmente solo se cuentan con 350 Guardaparques para custodiar más de 15 millones de hectáreas de Parques Nacionales y Monumentos Naturales.

3. Los sueldos del personal son extremadamente bajos y su nivel de capacitación es muy bajo, presentándose con frecuencia casos de corrupción.

4. Existe una patente ausencia de custodia de las fuerzas policiales en la AP, lo que ha hecho más peligrosa la actividad de vigilancia y control de los Guardaparques quienes no tienen entrenamiento ni funciones policiales. Entre el 2001 y 2014 han asesinado con impunidad a 4 funcionarios de AP, en el ejercicio de sus deberes.

5. Se ha incrementado hasta niveles record las deforestaciones, incendios forestales, cacería y pesca ilegal. Es frecuente la utilización de AP para actividades de narcotráfico, delincuencia común, secuestros y otros delitos.

6. Las obras de “interés público” (tendidos eléctrico, carreteras, corredores de servicio, fibra óptica, gasoductos, antenas de telecomunicaciones) proliferan dentro de las AP y se ejecutan con mínimo apego a las medidas de mitigación y restauración que prescriben los Estudios de Impacto Ambiental”.

Interesados pueden contactar al Presidente de la Comisión Venezolana aquí.

Minería ilegal amenaza a Patrimonio Natural de la Humanidad

  • El Parque Nacional Canaima en Venezuela es la segunda área protegida más grande del país
  • Canaima es un Patrimonio Natural de la Humanidad, declarado por la UNESCO en 1994
  • Esta área protegida está siendo amenazada por minería ilegal

La minería ilegal está afectando al Parque Nacional Canaima en Venezuela, la segunda área protegida más grande del país, un área de importancia internacional, declarada por la Unesco como Patrimonio Natural de la Humanidad en 1994.

El pasado mes de octubre, varios periodistas e investigadores venezolanos denunciaron un secreto a voces: En Canaima se estaba realizando minería ilegal. Tal denuncia incluyó al Ministro de Turismo del Gobierno del Presidente Maduro, pero tampoco logró la atención esperada por parte de las autoridades.

La minería comprende la extracción de minerales de la tierra. Muchos de ellos pueden tener gran valor económico, como el oro, cobre, aluminio, y hasta diamantes, topacios y rubíes.

La práctica de la minería en parques nacionales es ilegal en Venezuela, pues las leyes de este país y su constitución bolivariana la prohiben expresamente. La minería no solo destruye los suelos y contamina el agua, sino también amenaza la biodiversidad de esta área protegida de importancia internacional.

Las consecuencias negativas de la minería ilegal para el ambiente son cuantiosas. Entre ellas se encuentra la pérdida de ecosistemas y de hábitats de especies animales y de plantas, así como erosión de los suelos, contaminación de las aguas y deforestación. Asimismo, es importante destacar los efectos que para la salud de las poblaciones indígenas y los mineros ilegales, tiene el entrar en contacto con las sustancias usadas para la extracción de los minerales del suelo.

El Gobierno de Venezuela ha rechazado la práctica de la minería ilegal denominándola “monstruo de mil cabezas”, pero habitantes de la zona señalan que sus acciones para detener la minería son vagas o nulas, y la minería depredarora sigue proliferando según han denunciado diversas organizaciones.

Canaima alberga en su territorio al Salto Ángel, también conocido con el vocablo Pemón Kerepakupai Vená o Shurún Merú. El Salto Angel es la caída de agua más alta del mundo con 979 metros de altura.

Canaima también es tierra sagrada para comunidades indígenas originarias y protege a los tepuyes, monumentos naturales de importancia internacional, formados por las rocas más antiguas del planeta,  con una singular biodiversidad única en el mundo.

Es necesario que la atención internacional se centre en este tema, y presionen al Gobierno Venezolano a tomar medidas certeras para erradicar la minería ilegal de Canaima, que amenaza su supervivencia.

Courtesy of the Ministry of Tourism

Courtesy of the Ministry of Tourism

Courtesy of the journalist Valentina Quintero

Courtesy of the journalist Valentina Quintero

Fotos cortesía de: Valentina Quintero y Ministerio de Turismo de Venezuela

13 de febrero: Día Nacional de los Guardaparques

El 13 de febrero de 1992, 50 guardaparques reunidos en el Parque Nacional Henri Pittier crearon el Día Nacional del Guardaparques, fecha que siempre ha sido propicia para rendir homenaje a estos servidores públicos.

Los guardaparques trabajan los 365 días del año y durante las 24 horas del día para salvaguardar aquellas regiones que han sido protegidas por el Estado Venezolano por su belleza escénica natural, o por la flora de importancia nacional que en ellas se encuentran, denominadas Parques Nacionales y Monumentos Naturales.

Ser Guardaparques es defender la naturaleza contenida en nuestros 43 Parques Nacionales y 22 Monumentos Naturales, desde los extraordinarios páramos, hasta las arenas blancas de Los Roques, pasando por nuestro maravilloso Salto Ángel y tantos otros escenarios únicos de Venezuela.

Los Guardaparques son la autoridad constituida dentro de los parques nacionales y monumentos naturales, con la misión de hacer cumplir las leyes y reglamentos concernientes a la conservación de la naturaleza. También tienen funciones de guardería y de educación ambiental. A la vez cumple la función social de brindar protección y seguridad a los visitantes en el Parque o en el Área Protegida asignada.

Los Guardaparques también son entrenados para realizar algunas tareas de monitoreo y seguimiento de los procesos ecológicos que se produzcan en las áreas protegidas, lo que permite tomar las medidas de mitigación rápidamente, por el contacto que los mismos tienen con el medio, ya que en su gran mayoría viven directamente en los parques.

También atienden a los visitantes y les brindan información sobre el área. En muchos casos, por las condiciones en las que se desarrolla su trabajo, son paramédicos, mecánicos, veterinarios y hasta comunicadores, asumiendo sus compromisos con una gran mística y dedicación.

Hoy recordamos de manera especial a Sabas Nieves y Críspulo. Así como a José Rafael García, Tarasona, Jairo Vargas, entre tantos otros, siempre comprometidos con el Parque Nacional El Avila (Guaraira Repano).

Cando se es Guardaparques, se adopta una nueva forma de vida, donde se entrega todo, y algunas veces se recibe poco: presupuestos limitados que dificultan su gestión, salarios no acordes con su responsabilidad ante la sociedad y deficiencias de infraestructura que limitan sus labores.

En el Día del Guardaparques, VITALIS expresa su sincera palabra de estímulo a todos los Guardaparques y demás funcionarios comprometidos con la conservación de nuestros Parques Nacionales.

En la Foto: Sr. Tarasona del Parque Nacional Waraira Repano y nuestra Directora de Proyectos Yazenia Frontado.

Argumentos jurídicos del por qué no se debe construir un hotel como el propuesto en Mochima

A propósito del supuesto proyecto hotelero propuesto por el gobierno nacional en el Parque Nacional Mochima, la ONG venezolana VITALIS presentó algunos de los argumentos que evidenciarían la incompatibilidad del proyecto con el marco jurídico vigente.

El Artículo 127 de la CRBV  publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria N° 5.453 de la República Bolivariana de Venezuela el 24/03/2000 establece, entre otras materias, que el Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, los recursos genéticos, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales.

El Decreto Presidencial No. 1030 del 19/Julio/1990, publicado en Gaceta Oficial No. 34.581 del 26/octubre/1990, correspondiente al Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso  Parque Nacional “Mochima”, y el Decreto Nº 2.563 del 19/01/1993 publicado en Gaceta Oficial Nº 4.520 (Extraordinaria) del 19/01/1993 establecen en su Artículo 11, que el área sujeta al supuesto proyecto hotelero se encuentra dentro de la zonificación II, conocida como  ZONA PRIMITIVA O SILVESTRE (P), la cual, en concordancia con lo establecido en el Decreto Nº 276 publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 4.106 Extraordinario del 9/junio/1989, está conformada por ambientes naturales en condiciones prístinas relevantes, que por su constitución pueden tolerar un uso moderado, tal como la investigación científica, la educación ambiental o la recreación pasiva o extensiva. La intensidad de las actividades recreacionales estará limitada al excursionismo y a la visita del escenario natural en quietud y silencio por parte de un público reducido, única y exclusivamente a través de senderos o trochas, no permitiéndose construcciones ni uso de vehículos a motor.  Es importante recordar que el objetivo general de manejo es la conservación del ambiente natural inalterado facilitando la educación ambiental al mismo tiempo de proporcionar formas primitivas de recreación.

De considerarse la construcción de un hotel dentro del Parque, la única área que los Decretos 1030 y 276 lo permitirían, sería la ZONAS DE SERVICIOS (S), localizada en el Centro Poblado Mochima, las Zonas de Uso Especial de las Comunidades Nurucual y Yaguaracal, y en las Zonas de Amortiguación de San Pedrito, Barbacoa y Guaranache. Sin embargo, el mismo Decreto 276 en su Capítulo V, artículo 12, establece como uso prohibido dentro de los Parques Nacionales, en su numeral   8, “cualquier tipo de establecimiento comercial, excepto ventas de “souvenirs”, artesanías locales y concesionarios de los servicios públicos que se presten dentro del parque”, y en su artículo 12, numeral 11, “las urbanizaciones y clubes turísticos, públicos o privados, y las colonias vacacionales”, con lo cual la figura de un Hotel con las características divulgadas por medios oficiales, también quedaría descartada.

Adicionalmente, es oportuno precisar que para cualquier intento de proyecto con estas características, la CRBV en su Artículo 129 establece la obligatoriedad del Estudio de Impacto Ambiental y Socio Cultural, que documentaría todas las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas, así se realice en la Zona de Servicios, tal y como lo establece  el Decreto Presidencial 1257 del 13/03/1996, en su Artículo 6, donde se resalta la obligatoriedad para el Desarrollo de obras de infraestructura turísticas o residenciales (númeral 9) y  el Desarrollo de otras obras de infraestructura (numeral 10). Vale destacar que un EIASC, lo primero que hace, es la comprobación jurídica de la naturaleza y viabilidad de un proyecto, antes de las evaluaciones de campo. En este caso, la Evaluación de Impacto Ambiental y Socio Cultural, en su etapa inicial de factibilidad, debería evidenciar la imposibilidad técnica del proyecto desde el punto de vista legal.

Ver: Proyecto hotelero en Mochima requiere Estudio de Impacto Ambiental

Proyecto hotelero en Mochima requiere Estudio de Impacto Ambiental

* Supuesta obra contraviene marco jurídico vigente de protección estricta para los Parques Nacionales.

* Un Estudio de Impacto Ambiental y Socio Cultural es requerido previo a desarrollos de este tipo

* Parques Nacionales tienen rango de protección constitucional.

Especial VITALIS, 23/julio/2013. A propósito del anuncio realizado por algunas autoridades gubernamentales sobre la supuesta construcción de un hotel 5 estrellas en la isla Borracha del Parque Nacional Mochima, en pleno Mar Caribe y al noroeste de la ciudad de Puerto La Cruz, la organización no gubernamental venezolana VITALIS aclaró que previo a cualquier construcción de este tipo, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su artículo 129, exige la elaboración de una Evaluación de Impacto Ambiental y Socio Cultural, además que hay que verificar que disposiciones específicas posee su Plan de Ordenación y Reglamento de Uso, según decreto Presencial No. 1030 de 1990.

Tal afirmación fue realizada por Diego Díaz Martín, Presidente de VITALIS y Jefe de Estudios Ambientales de la Universidad Metropolitana, quien recalcó que todas las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas deben estar previamente acompañadas de este estudio, orientado a predecir y evaluar los efectos que el desarrollo y funcionamiento de un proyecto de este tipo pueda tener sobre los componentes del ambiente natural y social.

El Líder de VITALIS y profesor de a UNIMET también aclara que sólo con esa evaluación, eminentemente técnica, “se pueden proponer las correspondientes medidas preventivas, mitigantes y correctivas, a los fines de verificar el cumplimiento de las disposiciones ambientales contenidas en la normativa legal venezolana vigente y determinar los parámetros que conforme a la misma deban establecerse para disminuir los impactos ambientales negativos”. Sin embargo precisó que un Hotel de tales características no tiene cabida en el Parque Nacional, pues el mismo Decreto 276 de 1989 los prohibe.

VITALIS ve con buenos ojos que se desarrolle la infraestructura hotelera y turística del país, 9no en el mundo en mayor diversidad de animales, plantas y ecosistemas. Sin embargo, destaca que existen muchos otros lugares con vocación para albergar este tipo de desarrollos,  en áreas menos sensibles desde el punto de vista ambiental, y fuera de un Régimen Administración Especial dedicadas a la protección absoluta de acuerdo con nuestra Ley y sus reglamentos. El técnico de VITALIS recuerda que los Parques Nacionales son áreas estrictas de protección, al más alto rango constitucional. 

De ser cierta la información que está circulando por internet, el hotel contaría con 150 habitaciones y 300 camas aproximadamente, una piscina para adultos y otra para niños, canchas de tenis, voleibol y baloncesto, áreas verdes, así como un campo de golf profesional y un gimnasio cubierto. Para Díaz Martín, lo importante es esperar por el pronunciamiento del Ministerio del Poder Popular para el Ambiente, pues cuesta creer que un desarrollo con tales características se esté planificando dentro de un Parque Nacional.

Los técnicos de VITALIS también resaltan la necesidad de desarrollar complejos recreativos y turísticos más accesibles a la ciudadanía, de 2 a 4 estrellas, a los fines que estas estructuras sean realmente accesibles al pueblo en el marco de la filosofía del ecosocialismo, y en las áreas con vocación técnica y jurídica para ello. Regiones como los Andes, los Llanos, las montañas costeras y la misma Orinoquia, fuera de las áreas protegidas, pudieran constituir una excelente herramienta para promover la ocupación positiva del tiempo libre y la contemplación de la naturaleza, perfilando el país dentro de las naciones con un potencial ecoturístico extraordinario.

Los Parques Nacionales son Areas Bajo Régimen de Administración Especial, creadas para proteger la biodiversidad, y sus procesos ecológicos esenciales y fenómenos evolutivos asociados.

 

Ver: Argumentos jurídicos que evidencian por qué no se puede construir el hotel propuesto en Mochima

Vitalis ante los incendios forestales

· Basura del borde de la cota mil, debe ser recogida a fin de evitar mayores riesgos de incendios.
· Henri Pittier y El Avila, entre las áreas protegidas más afectadas.
· Entre 10 y 70 años puede tardar un área en recuperarse.
· Mayor prevención y efectiva coordinación son claves.
· Equipamiento y manejo de las áreas a posteriori de los incendios es prioridad.

Aumenta cobertura de áreas protegidas del mundo

  • 12,7% del área terrestre y 1,6% de los océanos del mundo se encuentra bajo algún tipo de protección.
  • Pese al incremento en la cobertura de protección, los ambientalistas aseguran que aún se está lejos de cumplir las metas de Aichi en torno a la conservación de la biodiversidad.
  • Áreas protegidas contribuyen a reducir la desforestación, pérdida de hábitats y especies, y sustentan los modos de vida de más de 1.000 millones de personas.
  • Los datos fueron aportados durante el V Congreso Mundial de la Naturaleza que se realiza en Corea.

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