Salud Ambiental: un derecho humano fundamental.

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Abog. Maritza Da Silva (*) @MaritzaDaSilva

La protección de la salud humana está íntimamente ligada a la protección del ambiente, desde tiempos inmemoriales, al punto que resulta imposible deslindar la protección de la salud de la protección del ambiente.

En el marco de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, vemos como la salud es un derecho de toda persona y a su familia a disfrutar de un nivel de vida adecuado, la Organización Panamericana de la Salud (OPS), denomina a la salud ambiental como una prioridad básica de la humanidad, conllevando a la obligación de los Estados a revisar sus patrones epidemiológicos garantizando la salud como un derecho humano impostergable, pues la protección ambiental y la reducción de los efectos nocivos del ambiente en la salud se han convertido en requisitos inseparables de los esfuerzos para construir un proceso efectivo y sostenido de desarrollo económico y social.

La protección del ambiente tiene su aparición a nivel internacional en el año 1972 en la Declaración de Estocolmo sobre Medio Ambiente Humano, posteriormente se ve desarrollado por la Carta de la Tierra del año 1982, la Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo del año 1992 y la Declaración de Johannesburgo del año 2002, todos ellos relacionados con el derecho al ambiente sano como garantía de calidad de vida.

Empero, la salud debe entenderse no sólo como ausencia de enfermedad, sino como condiciones mínimas que permitan el disfrute de un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado, y así lo establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, en su artículo 127, reconoce el derecho-deber que tienen todas las personas inclusive las generaciones futuras, de un vivir en un ambiente sano, seguro y
ecológicamente equilibrado, como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad, es una garantía del derecho humano a la salud ambiental y a un nivel de bienestar en todos los espacios de la vida.

En conclusión, el ambiente sano y la salud se fundamentan en el respeto de los derechos humanos y su desarrollo en condiciones de suprema felicidad, como base para el ejercicio de otros derechos humanos, tendientes a la protección de la humanidad.


(*) Abogada, profesora universitaria. Directora de Derecho Ambiental y Políticas de VITALIS (Venezuela). mdasilva@vitalis.net

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