Por Diego Díaz Martín, Presidente de VITALIS y Jefe de Estudios Ambientales de la Universidad Metropolitana
@DDiazMartin / ddiazmartin@vitalis.net
La decisión de la Gobernación de Vargas en Venezuela de cobrar un impuesto “para la eliminación de contaminantes en el ambiente y la protección de la salud de los usuarios del principal terminal aéreo del país” constituye un precedente singular en la historia de Venezuela y el mundo.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece en su artículo 127 que es una obligación fundamental del Estado, garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, incluyendo de manera específica el aire. Lo que no dice es que sean los ciudadanos quienes asuman este costo, a menos, claro está, sean ellos quienes causen su deterioro, para lo cual aplican diversos instrumentos normativos, aunque la figura del tributo ambiental aeroportuario, no pareciera el apropiado.
Los tributos ambientales usualmente comprenden impuestos, tasas y contribuciones especiales. Estos pueden ser establecidos por una autoridad competente por diversas razones, siendo las principales como incentivos a la protección ambiental o a fin de compensar daños ocasionados al ambiente por agentes o sujetos que producen o pueden producir un impacto ambiental negativo.
En el caso de los aeropuertos nacional e internacional Simón Bolívar, la teoría tributaria ambiental y la lógica técnica no aplican, pues los usuarios del terminal no son causantes del supuesto deterioro de la calidad del aire del aeropuerto, quienes deberían disfrutar de un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado como lo establece la Constitución Nacional, para lo cual pagamos una tasa aeroportuaria que debería incluir todos los servicios de esta instalación.
Por lo general, los impuestos ambientales se utilizan en diversas partes del mundo para reducir o impedir las emisiones que dañen efectivamente el ambiente, siguiendo aquel principio de “quien contamina paga”, dentro de la filosofía del “daño permisible”. Algunas bases jurídicas las encontramos tanto en el Protocolo de Kioto como la Convención Marco de Protección del Clima.
¿Ozono como desinfectante del aire?
El Ozono se ha usado con éxito en la purificación del agua. De hecho su utilización se ha popularizado con los famosos ozonificadores de agua potable.
En la desinfección del aire, sin embargo, no son tan conocidos sus posibles efectos beneficiosos, a menos que se utilice en espacios cerrados y en condiciones muy controladas. Una de sus ventajas podría ser que como gas, su acceso a muchos rincones de una determinada instalación sería más fácil, y como es inestable, se convertiría fácilmente en oxígeno, sin ser perjudicial. Sin embargo, esto no ha sido confirmado con estudios científicos serios, al menos que yo conozca.
Para la descontaminación del aire en lugares cerrados, es más común el uso de radiación ultravioleta que aniquila a las baterías y virus, aunque su efecto es limitado por su poca capacidad de penetración, y principal efecto en las cercanías de las lámparas.
Otro método usado en la descontaminación de espacios cerrados es por medio de filtros, usualmente con medidas específicas para atrapar los microorganismos que pudieran estar contaminando el ambiente. Estos filtros, usualmente de alrededor de 0,3 micras, son eficientes para las bacterias pero no para los virus, cuyo tamaño es muchísimo menor, ya que suelen estar entre 24 y 1400 milésimas de micrones.
¿Por qué el aire del aeropuerto está contaminado?
El boletín informativo publicado por la Agencia Venezolana de Noticias sugiere que el aire del aeropuerto no es limpio. Si ello fuera cierto, es un tema delicado que debe aclararse a la brevedad.
No solo se trata de un derecho humano fundamental el respirar aire limpio. La misma Ley Orgánica que regula las condiciones del medio de trabajo (en este caso aeroportuario), establece obligaciones patronales, así como para con los usuarios del aeropuerto, los cuales deben ser investigadas y de ser el caso, corregidas.
¿Cuánto vale todo esto?
La verdad no tengo idea del costo de un sistema como el instalado, pero llama la atención que con seguridad, es uno de los más costosos del mundo.
Solo para dar un ejemplo, en 4 días de Semana Santa las autoridades aeroportuarias reportaron una movilización de 127.738 pasajeros, lo cual, tomando en cuenta que a la fecha de hoy la unidad tributaria es de 127 bolívares, estaríamos hablando de al menos 16 millones de Bolívares que puedan ingresar a los fondos gubernamentales en tan corto período de tiempo.
Ejerciendo mi derecho constitucional a la contraloría social me pregunto, ¿Qué se va a hacer con el dinero recaudado por esa tasa? ¿Cuál es el destino de los fondos?
Sin lugar a dudas, muchas preguntas surgen y surgirán con este ”impuesto por respirar”, como lo han denominado algunos.
En lo personal me alegra saber que el sistema de aire acondicionado haya sido recuperado, y parece que repotenciado con criterios de bioseguridad. Sin embargo ¿Por qué tan costoso? ¿A dónde va la tasa aeroportuaria ya existente? ¿por qué lo tenemos que pagar los ciudadanos?